¡Le estarían ofreciendo UN MILLON de soles !
JUEZ-POLICÍA HUERTAS MOGOLLÓN DE CAÑETE PRETENDERÍA VENDER SENTENCIA A CORRUPTO JAVIER ALVARADO POR UN MILLON DE SOLES
¡CUIDADO! FISCALÍAS Y JUZGADOS DE CAÑETE, SEGÚN ENCUESTAS NACIONALES, CONFORMAN LA RED DE JUSTICIA MAS CORRUPTA DEL PERÚ.
¡¡¡ CAÑETE: JAVIER ALVARADO HABRÍA OFRECIDO UN MILLÓN DE SOLES A JUEZ-POLICÍA PABLO HUERTAS MOGOLLÓN PARA QUE LO SALVE DE LA CÁRCEL!!!
Juez-Polícía, Huertas Mogollón estaría negociando su sentencia con emisarios "masones" del acusado, quien dilató innecesariamente fecha de inicio de juicio oral a Javier Alvarado, “devolviendo” el expediente a Lunahuaná.
Con fecha 18 de julio y mediante Resolución Nº 115, el Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuaná, Luis Fernando Chávez Acharte, ha remitido de nuevo el expediente al Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Cañete, señalándole que “la devolución no está contemplado en el Nuevo Código Procesal Penal”, lo que constituye un sospechoso dilatamiento del juicio oral contra el imputado presidente de la región Lima, Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle, situación que coloca al Colectivo Anticorrupción de la Región Lima, a un estado de alerta máxima respecto del accionar sospechoso del Juez del Segundo Juzgado Unipersonal de Cañete y ex policía PABLO HUERTAS MOGOLLÓN.
Según señala el correcto Juez de Lunahuaná Luis Fernando Chávez Acharte, de ser el caso que se hubiera incurrido en vicios que afecten derechos fundamentales, debe declararse su nulidad y tratándose de errores NO esenciales o materiales, su corrección puede efectuarse en sede de juicio oral (o sea debió haberlo hecho el propio Huertas Mogollón), conforme lo señala el artículo 387.3 del Nuevo Código Procesal Penal, punto esencial que SI conoce Huertas Mogollón pero en este caso se hace el cojudo para dilatar el señalamiento del inicio del juicio oral y así aumentar el monto del probable soborno que vendría ofreciendo Javier Alvarado.
LA DEVOLUCIÓN DE EX POLICÍA Y JUEZ HUERTAS MOGOLLÓN OCASIONA INNECESARIAS DILACIONES AL PROCESO
Señala la Resolución 115º Del Juez Chávez Acharte, que la devolución propiciada por el Juez del Juzgado Unipersonal de Cañete, ocasiona innecesarias dilaciones al proceso, por lo que, considerando que la etapa intermedia, esencialmente es un estadio de saneamiento y contándose con el pronunciamiento del Ministerio Público de Cañete se procedió a efectuar las corrección de las observaciones.
En el cuarto considerando de la Resolución del Juez cañetano, que descaradamente ha dilatado el proceso, se consigna el nombre de uno de los procesados como Rubén Esteban Falcón, siendo lo correcto Rubén Esteban Falcón Tenorio.
Sin embargo el nombre completo de este procesado considerado como cómplice de Javier Alvarado, aparece en otros Items de la Resolución, por lo que ya se saía cual era el apellido materno.
Asimismo, en el considerando anterior, en el rubro de adecuación típica, no se ha considerado como acusado a Rubén Esteban Falcón Tenorio, por lo que integrándose y tal como aparece del tenor literal de requerimiento escrito de acusación, se precisa que los hechos que han sido subsumidos por el Ministerio Público en el artículo 384º del Código Penal y que han sido tipificados como delitos contra la Administración Pública en la modalidad de Colusión, también se imputa a Rubén Esteban Falcón Tenorio, como cómplice primario (conjuntamente con los demás procesados nombrados).
En la otra observación, “al momento de señalar la tipificación del delito contra la Administración Pública en la modalidad de Colusión, no se ha señalado, si corresponden al primer o segundo párrafo del Código Penal”.
Sobre esta observación, que es una reverenda estupidez, el Juez de Lunahuaná le da una cátedra a su colega del Juzgado Unipersonal de Cañete el juez policía Huertas mogollón: “Debe ponderarse que es al Juez del Juzgamiento, a quien en su momento le corresponde determinar, cual es la norma específica a aplicar que confluya de los hechos probados”.
No obstante, se precisa, que los hechos submateria, habrían tenido lugar el año 2002, por lo que la norma que preliminarmente sería aplicable, según su modificación sería la Ley 26713.
LA OTRA OBSERVACIÓN DEL INEPTO Y SINVERGÜENZA JUEZ Y EX POLICÍA DE CAÑETE
“No se ha consignado el artículo correspondiente respecto del delito alternativo presuntamente cometido por Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle, señalándose sólo delito contra la Administración Pública, en la modalidad de malversación de fondos”.
Sobre esta supuesta observación, el Juez de Lunahuaná señala que se ha cumplido con precisar en la acusación sobre los hechos y la calificación jurídica, que de manera alternativa pretende el Ministerio Público de Cañete, como delito de malversación, extremos que han sido fácilmente constatables por los imputados y su defensa, por lo que al no precisarse, el artículo en que se encuentra contemplado el delito referido, no se ha afectado el derecho de defensa de los imputados, tanto más que la tipificación se debe extraer de los hechos y bajo tal contexto se colige que, en el artículo en que se subsume alternativamente tales hechos, es el artículo 389º, primera parte del Código Penal.
JUEZ-POLICÍA PABLO HUERTAS MOGOLLÓN, ESTARÍA OFERTANDO SU SENTENCIA A PRESUNTO DELINCUENTE JAVIER ALVARADO
El Juez de Lunahuaná aclarando todas las supuestas observaciones realizadas por el Juez del Segundo Juzgado Unipersonal de Cañete, RESUELVE:
"Tener por subsanadas las observaciones materiales formuladas por el Juez de Cañete conforme al tercer considerando de la presente resolución y habiéndose cumplido con lo ordenado, devuélvase los actuados al citado magistrado para los fines de Ley, debiéndose tener presente por las partes, que la misma, al formar parte del auto de enjuiciamiento, conforme al artículo 353.1, es IRRECURRIBLE ."
Quiere decir que el fallo, resolución o sentencia de un juez, no admite ningún procedimiento para que pueda ser cambiado, es decir, es definitivo, lo que demuestra que la demora innecesaria del juez-policía, tiene como objetivo alargar el señalamiento de la fecha de inicio del juicio oral contra el corrupto presidente regional.
Queda claro que la ola de rumores ("el juicio se vino abajo", a Alvarado lo salva el Tribunal Constitucional igual que a Liliana", "ha presentado un habeas corpus en Piura", etc.) que la semana pasada echó a correr el poder gay regional mediante sus lacayos de la red, tuvo la intención de distraer a la opinión pública mientras que el presunto delincuente Javier Alvarado vendría negociando por lo bajo el monto del probable soborno al Juez-Policía Huertas Mogollón, quien a la vez, sería miembro de la secta conocida como LA MASONERÍA y por lo tanto "hermano Masón" de un abogadillo huachano que responde al alias de "gogo" (abogado de turno de alvarado), y cuyas andanzas serán motivos de un sabroso informe especial.
Escribe: Rógger Taoada Rodríguez
Presidente del Colectivo Anticorrupción de la Región Lima.
Presidente del Colectivo Anticorrupción de la Región Lima.
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